RÉGIMEN INTERNO - 1.0 - Disposiciones Generales

05.02.2020 14:48

 

TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

OBJETO.

Articulo 1

1.1. El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del C.F.F. SUR-GETAFE, (en adelante el “Club”), dentro del marco construido por la legislación deportiva vigente y con sujeción plena a lo establecido en su ideario y Estatutos.
1.2. Cualquier recomendación, norma, sanción o actuación emanada del Club, sólo tiene como finalidad contribuir a la adecuada formación de la personalidad o valores humanos de todos y cada uno de los integrantes del mismo, a través del deporte que han escogido.

Articulo 2

Para llevar a efecto este plan, el Club ha creado una estructura organizativa compuesta por Coordinadores, Entrenadores, Auxiliares y Delegados que, basándose en el objeto fundamental, anteriormente expuesto, y apoyándose en una serie de procedimientos de actuación, tienen a su cargo las siguientes responsabilidades básicas:

a. La formación tanto técnica y táctica, como del carácter deportivo, de los componentes de los equipos a su cargo.

b. La gestión, seguimiento y control de equipos y jugadores, en todas las categorías y edades.

c. La representación del Club ante otras entidades deportivas.

d. Mantener el prestigio deportivo del Club, en cada categoría y competición en las que participe cualquier equipo a su cargo.


AMBITO DE APLICACIÓN.

Articulo 3

El presente Reglamento será de aplicación en los siguientes ámbitos.

3.1. Personal:

3.1.1. Los deportistas inscritos en el Club desde la formalización de su inscripción hasta su baja.

3.1.2. A todo el personal técnico del Club.

3.1.3. A todos los padres/madres de los jugadores desde el momento de la inscripción hasta su baja en el Club, en aquellos aspectos que les sea aplicables.
3.1.4. Al personal auxiliar del Club.

3.1.5. A todas aquellas personas o entidades que por cualquier motivo y temporalmente formen parte del Club.


3.2. Espacial:

3.2.1. Las instalaciones deportivas en las que se lleva a cabo la práctica deportiva, Complejo Cerro de Buenavista, ubicado en la C/ Senda de Mafalda s/n. –Getafe–

3.2.2. Cualquier instalación deportiva, local, edificio o espacio a los que se desplacen los componentes del Club en su totalidad o parte, bien sea de modo esporádico o habitual para realizar las actividades deportivas.

Articulo 4

Norma general aplicable.

A todos los efectos, los Coordinadores, Entrenadores, Auxiliares, Delegados, Jugadores y Directivos serán responsables directos de las acciones posibles cometidas por sus familiares, amigos, conocidos o cualquier persona relacionada con ellos.

El incumplimiento por parte de las personas enumeradas anteriormente de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Reglamento y especialmente las relativas a:

o El respeto y cumplimiento de las normas y reglamento de la competición.

o La falta de dedicación y esfuerzo necesario para el desarrollo de la actividad deportiva.
o El respeto de la imagen personal y del Club.

Facultará al Club para imponer a la persona directamente responsable, las pertinentes sanciones, pudiendo incluso, y en casos de reiteración o extrema gravedad, expulsarle del equipo.

 

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